Del mal de culpa y de pena

Época II Año 6 Número 3 Mayo-Junio 2008
La lectio está cerrada. Ha comenzado la disputatio.

Verba Doctoris

¿Es el reato de pena efecto del pecado?

A lo primero se procede así. Parece que el reato de pena no es efecto del pecado

1. Pues lo que se refiere a algo por accidente no parece que sea su efecto propio. Pero el reato de pena se refiere accidentalmente al pecado, pues está fuera de la intención de quien peca. Por lo tanto, el reato de pena no es efecto del pecado.

2. El mal no es causa del bien. Pero la pena es buena, porque es justa y viene de Dios.Por lo tanto no es efecto del pecado, que es un mal.

3. Además, Agustín dice en I Confess, que todo ánimo desordenado es castigo para sí mismo. Pero la pena no causa reato de otra pena, porque así se iría al infinito. Por lo tanto el pecado no causa reato de pena.

Contra esto está lo que se dice en Rm 2 [9]: Tribulación y angustia sobre toda alma que haga el mal. Pero hacer el mal es pecar. Por lo tanto, el pecado induce la pena, que se designa con el nombre de tribulación y angustia.

Respondo diciendo que de las realidades naturales a las humanas se deriva que lo que se levanta contra algo, sufra un daño por parte de esto. Pues vemos en las realidades naturales que un contrario obra más vehementemente al sobrevenir su contrario; por eso las aguas calentadas se congelan más, como se dice en I Meteor. Por lo que en los hombres se encuentra esto por inclinación natural, que cada uno humilla al que se levanta contra él. Mas es evidente que todas las cosas que están bajo un orden, en cierto modo, son una sola cosa respecto al principio de su orden. De ahí que, si se levanta alguien contra ese orden, es lógico que sea humillado por el orden mismo o por el que lo preside. Ahora bien, siendo el pecado un acto desordenado, es evidente que quienquiera que peca obra contra algún orden. Y por eso es lógico que sea humillado por ese mismo orden. Esta humillación es el castigo.

Por consiguiente, el hombre puede ser castigado con una triple pena, según los tres órdenes a los que la voluntad está sometida. Pues la naturaleza humana está sometida primero al orden de la razón propia; segundo, al orden de otro hombre de fuera, que gobierna en lo espiritual o en lo temporal, en lo político o económico; tercero, está sometida al orden universal del régimen divino. Mas por el pecado se pervierte cada uno de estos órdenes: en cuanto que el pecador obra contra la razón, contra la ley humana y contra la ley divina. Por consiguiente, incurre en una triple pena: una, por cierto, de sí mismo, que es el remordimiento de la conciencia; otra, de los hombres; y la tercera, de Dios.

A las objeciones:

1. La pena sigue al pecado en cuanto es un mal por razón de su desorden. Por tanto, como el mal es accidental en el acto del pecador, fuera de su intención, así también el reato de pena.

2. La pena justa puede ser infligida tanto por Dios como por el hombre. Por lo tanto, la misma pena no es directamente efecto del pecado, sino sólo dispositivamente. Mas el pecado hace que el hombre sea reo de pena, que es un mal, pues dice Dionisio en el capítulo 4 De div. nom., que ser castigado no es malo, sino hacerse digno de castigo. De ahí que el reato del castigo se ponga como efecto del pecado directamente.

3. Aquella pena del ánimo desordenado se debe al pecado por el hecho de pervertir el orden de la razón. Mas se hace reo de otra pena por pervertir el orden de la ley divina o humana.

Commentaria

  • Dominum Moderatorem videtur paulisper errare, quia quaestio proposita invenitur in prima secundae, quaest. 87, art. 1. El reato (ser reo) es distinto tanto del pecado como de la pena, está como en medio, posterior al pecado y anterior a la pena. Es la obligación por la que después de cometido un pecado el hombre está obligado a someterse a una pena, siempre merece una pena quien haya pecado, y este merecimiento viene del pecar. Hug

    Publicado por Hug Banyeres Baltasa el 16 de mayo de 2008
  • En efecto, pido disculpas por el error. No puedo reeditar el texto sin borrar los comentarios, por lo que lo teno que dejar como está. Cordiales saludos, M. E.

    Publicado por Martín Federico Echavarría el 17 de mayo de 2008
  • Decía el santo Pontífice Pío X en su encíclica Pascendi que “cuando prescribimos que se siga la filosofía escolástica, entendemos principalmente la que enseñó Santo Tomás de Aquino, acerca de la cual, cuanto decretó nuestro predecesor queremos que siga vigente y, en cuanto fuere menester, lo restablecemos y confirmamos, mandando que por todos sea exactamente observado. A los obispos pertenecerá estimular y exigir, si en alguna parte se hubiese descuidado en los seminarios, que se observe en adelante, y lo mismo mandamos a los superiores de las órdenes religiosas. Y a los maestros les exhortamos a que tengan fijamente presente que el apartarse del Doctor de Aquino, en especial en las cuestiones metafísicas, nunca dejará de ser de gran perjuicio”.

    Leyendo el texto del Aquinate aportado por nuestro moderador no puedo menos que reconocer en la situación actual en que se encuentran los estudios filosóficos y teológicos un mal de pena consecuencia del desorden producido al abandonar la guía del Doctor Común de la Iglesia, “en especial en las cuestiones metafísicas”, abandono que san Pío X juzgaba acertadamente como un “gran perjuicio”. Y se trata de un desorden en primer lugar contra la razón misma, pues el motivo por el que la Iglesia manda seguir a Santo Tomás de Aquino no es otro que el de ser maestro de la verdad, que es el bien de la razón: “Es tanta la penetración del ingenio del Doctor Angélico –enseñaba Pablo VI en la Universidad Gregoriana en 1964-, tanto su amor sincero de la verdad y tanta la sabiduría en la investigación, explicación y reducción a la unidad de las verdades más profundas, que su doctrina es un instrumento eficacísimo no sólo para salvaguardar los fundamentos de la fe, sino también para lograr útil y seguramente los frutos de un sano progreso”. La consecuencia es el estado penoso de desconcierto, dispersión y error en que se encuentra la razón misma, principalmente cuando se dedica –si lo hace- a la metafísica y la teología.

    Se trata, en segundo lugar, de un desorden contra la autoridad misma de la Iglesia, que repetidamente ha mandado “no apartarse del Doctor de Aquino”, siendo el único doctor cuya doctrina es expresamente propuesta en los documentos del Concilio Vaticano II. La consecuencia es el estado penoso de muchas instituciones educativas de la Iglesia, especialmente los seminarios, en los que se ha olvidado aquello del Decreto Optatam Totius sobre la formación sacerdotal: “Las disciplinas filosóficas hay que enseñarlas (...) apoyados en el patrimonio filosófico siempre válido” (n. 15); y en una nota se remite al párrafo de la Encíclica Humani generis, de Pío XII, donde se establece la necesidad de seguir a Santo Tomás; igualmente respecto a la enseñanza de la teología se dice, en este mismo lugar: “Aprendan luego los alumnos a ilustrar los misterios de la salvación, cuanto más puedan, y comprenderlos más profundamente y observar sus mutuas relaciones por medio de la especulación, siguiendo las enseñanzas de Santo Tomás” (n. 16).

    Finalmente, es un desorden contra Dios, que es a quien en definitiva busca el metafísico y el teólogo, como dio testimonio el mismo fray Tomás al término de sus días, cuando respondiendo a la pregunta de Nuestro Señor, “¿Qué quieres que te conceda?”, él le respondió: “Sólo a Ti, Señor”. Quien se acerca a Santo Tomás de Aquino busca a Dios con humildad, dejándose guiar por ha sido puesto providencialmente como Lumen Ecclesiae. Por el contrario, no es de extrañar que las filosofías y teologías que se han apartado de la enseñanza de Santo Tomás hayan acabado enseñando un Cristo que no es el de la fe, lo cual es la más penosa de las consecuencias indicadas.

    Publicado por Enrique Martínez el 18 de mayo de 2008
  • Considero sumamente oportuna y acertada la alusión que hace Enrique Martínez en su intervención del 18 de mayo de 2008 .Efectivamente,hay un verdadero "desorden contra la autoridad misma de la Iglesia"derivado de ese apartamiento del Doctor de Aquino,que observamos,por ejemplo,en ese ¨penoso estado de muchas instituciopnes educativas de la Iglesia"como bien dice Enrique.Si la formación sacerdotal decae y se resiente,invadida de un secularismo y una mundanidad que todo lo corroe,como sabemos por amrga experiencis.,podemos esperar poco de un fecundo magisterio eclesial y una guía acertada de la grey.Es urgente entonces volver al rumbo señalado por el Doctor Angélico.Si enseñamos un Cristo que no es el de la Fe,poco podemos esperar de un mundo cada vez mas dominado por las fuerzas del Maligno.

    Publicado por Jorge Andregnette el 19 de mayo de 2008
  • En correspondencia con Jorge, permítaseme contar que, habiéndome nombrado mi Obispo Director de la Biblioteca del Seminario Diocesano, decidió que las peticiones de libros se hicieran mediante una comisión, porque, decía el buen Obispo, "Hug sólo comprará cosas de Santo Tomás". Y que conste que llegué a sentir afecto por el Prelado. No comento más. Hug

    Publicado por Hug Banyeres Baltasa el 19 de mayo de 2008
  • Por cierto, haciendo una pequeña trampa, compré al margen de la comisión, la biografía del Maestro de Raimondo Spiazzi, O.P. Aún no he confesado este pecado, por lo que me corresponde reato y pena. Hug

    Publicado por Hug Banyeres Baltasa el 19 de mayo de 2008
  • Que no se preocupe nuestro buen amigo Hug, pues la comisión fue sin duda establecida para la compra de libros que no fueran de Santo Tomás; mas para los del Doctor Común basta la synesis de Hug. Es la existencia de las comisiones lo que es un mal de pena infligido como penitencia por el alejamiento de Santo Tomás, precisamente en los seminarios.

    Publicado por Enrique Martínez el 20 de mayo de 2008
  • Estimados amigos: Me alegra muchísimo la reaparición del Dr. Banyeres quien ya, como es propio de él, ha puesto a la par que su sabiduría su excelente sentido del humor. Me alegra, también, que el Dr. Echavarría sea nuestro moderador este bimestre. En el texto de la Summa Theologiae propuesto hay un punto sobre el que quisiera detenerme. Dice Santo Tomás que “por inclinación natural” todo hombre tiende a humillar al que se levanta contra él. En una primera impresión esto parece remitirnos al talión: en efecto, si soy injuriado por alguien es natural que devuelva la injuria. Pero entonces se nos plantea una cuestión: si la injuria es un mal y la humillación que se inflige al que injuria es también un mal ¿qué sentido tiene sumar dos males? ¿No sería, acaso, la pena junto con el pecado la suma de dos males con lo cual lejos de equilibrar la situación la desequilibraríamos aún más? Al leer este texto me vino a la memoria el excelente libro del gran jurista italiano Francesco Carnelutti, “El problema de la pena”. Según el gran tratadista católico, efectivamente, la pena es un mal lo mismo que el delito (o el pecado en nuestro caso); sin embargo, entre uno y otro mal se observa una relación cronológica pues el mal de la pena sucede al mal del pecado. No obstante esta mera sucesión en el tiempo no basta para hacer de un mal una pena; tiene que haber no sólo un “post hoc” sino, sobre todo, un “propter hoc”, es decir, una conexión causal entre el pecado y la pena. Insiste Carnelutti en el carácter de “ley natural” que tiene la pena: así como, por una ley natural física a la voz sucede el eco de la voz, de igual modo, hay una ley natural según la cual toda delito ha de ser castigado. Carnelutti se sitúa, como es obvio, en el plano del Derecho; pero es, precisamente, por la vía del Derecho que descubre la “ley natural” en la que se sustenta la relación causal delito – pena. “[…] si los hombres han formado leyes según las cuales quien comete un delito es castigado (o sea que al delito se vincula la pena), estas leyes artificiales no pueden dejar de tener su modelo en una ley natural de la cual la ley jurídica es una imitación” (“El problema de la pena”, Buenos Aires, 1956, p. 19). Hasta ahora no parece que hayamos llegado más allá del talión: a igual ofensa, igual pena, a un mal, otro mal; la suma de dos males da dos males. Pero enseguida escribe Carnelutti: “Ahora se debe tratar de llevar la investigación un poco más adelante reflexionando en torno a aquella relación de las leyes con el orden […] Si en las leyes de la naturaleza se manifiesta a los hombres el orden del universo, que sólo a través de las leyes ellos consiguen comprender bien, cuando una ley se actúa el orden se cumple; por eso la función de un efecto o, en suma, el porqué de su vinculación a la causa es su correspondencia al orden del universo, o sea la contribución que se aporta a su cumplimiento” (p. 19-20). Mas el delito (o el pecado) hace siempre referencia a un desorden, al rompimiento de un equilibrio que pone en movimiento fuerzas para restablecerlo. De ahí que al desorden deba seguir algo que tenga la virtud de eliminarlo; y ese algo es la pena que consiste en la restauración del orden violado. La pena es, pues un igual porque es un contrario del delito (o del pecado). La coincidencia con Santo Tomás no puede ser más notable y me complace subrayarla. Llegados a este punto, nuestra visión de la pena da un giro insospechado. No se trata, en efecto, de un mal que se suma a otro sino de un mal que, al ser de signo contrario, elimina a otro, el mal del pecado. La ecuación no es, entonces, pecado + pena = 2 males, sino pecado + (-) pena = 0. Concluye Carnelutti: “De la pena es necesario tener el atrevimiento de pensar que posee verdaderamente la virtud, no tanto de prevenir un delito todavía no cometido, como de eliminar el delito ya cometido” (p. 23). Y más adelante: “[…] el error del talión está, pues, en sumar los dos males en lugar de restar el segundo del primero” (p. 33). Ahora bien, Santo Tomás apunta exactamente a esto que acabamos de decir. Leemos en Summa Contra Gentiles, III, c. 140, n. 5: “Pertenece a la perfecta bondad de Dios que no quede nada desordenado en las cosas; por eso, vemos que acontece, en las cosas naturales, que todo mal queda comprendido bajo el orden de algún bien; así, la corrupción del aire es la generación del fuego y la muerte de la oveja es el alimento del lobo. En consecuencia, dado que los actos humanos se someten a la Divina Providencia, lo mismo que las cosas naturales, es necesario que el mal que está presente en los actos humanos quede comprendido bajo el orden de algún bien, y esto se produce del modo más conveniente por el hecho de que los pecados sean castigados. Así, pues, bajo el orden de la justicia, que se reduce a la igualdad, quedan comprendidas las cosas que exceden la debida medida. Pero el hombre excede el debido grado de su medida cuando prefiere a la voluntad divina su propia voluntad satisfaciéndola contra la ordenación de Dios; la cual desigualdad se borra cuando el hombre es obligado a sufrir algo en contra de su voluntad según divina disposición. Luego, es necesario que los pecados humanos sean castigados por Dios y por la misma razón los bienes hechos reciban su recompensa” [Ad perfectam Dei bonitatem pertinet quod nihil in rebus inordinatum relinquat: unde in rebus naturalibus videmus contingere quod omne malum sub ordine alicuius boni concluditur; sicut corruptio aeris est ignis generatio, et occisio ovis est pastus lupi. Cum igitur actus humani divinae providentiae subdantur, sicut et res naturales; oportet malum quod accidit in humanis actibus, sub ordine alicuius boni concludi. Hoc autem convenientissime fit per hoc quod peccata puniuntur. Sic enim sub ordine iustitiae, quae ad aequalitatem reducit, comprehenduntur ea quae debitam quantitatem excedunt. Excedit autem homo debitum suae quantitatis gradum dum voluntatem suam divinae voluntati praefert, satisfaciendo ei contra ordinationem Dei. Quae quidem inaequalitas tollitur dum, contra voluntatem suam, homo aliquid pati cogitur secundum ordinationem divinam. Oportet igitur quod peccata humana puniantur divinitus: et, eadem ratione, bona facta remunerationem accipiant]. Queda, pues, en consideración, la ordenación de mal al bien, tanto como problema general cuanto como ratio ultima del mal de pena. Saludos cordiales.

    Publicado por Mario Caponnetto el 22 de mayo de 2008
  • Es claro el recuerdo de Carnelutti que realiza Mario Caponnetto. Pero lamentablemente vemos que,si hoy estuviera entre nosotros el Profesor Carnelutti,este ilustre jurista católico no dejaría de asombrarse y de apenarse al observar como las leyes, en innumerables ocasiones"dejan de tener su modelo en una ley natural,de la que deben ser imitación".El mundo actual se aleja cada vez mas del Orden Natural,y por tanto,vemos que los hombres elaboran leyes inicuas,para oprobio y negación de ese Orden,que dictó Dios para orientar la recta razón humana.

    Publicado por Jorge Andregnette el 25 de mayo de 2008
  • Al mencionar el Dr. Caponnetto la ley del talión, recordé que hace unos meses dediqué unos momentos a estudiar esta ley. Se debió a que alguien dijo una de esas alabanzas, cargadas de veneno, hechas con muy buena voluntad y muy mala cabeza. La frase era que la ley del talión había representado un progreso jurídico en la Escritura. Para cualquiera que tenga un somero conocimiento de la Escritura es evidente que Moisés, después de los 10 Mandamientos, enumera una larga lista de delitos, y cada uno lleva su pena particular. A ninguno se le aplica la ley del talión. Lástima de progreso.

    En los momentos que dediqué a estudiar la ley seguí el sofisticado método que suele utilizar Santo Tomás para interpretar las Escrituras. Consiste en leerlas, y enterarse de lo que pone. Así las pocas veces que aparece esta ley, tiene el significado general de "justicia". Lo que en español decimos "el que la hace la paga". No hace ninguna referencia a ninguna pena concreta.

    La primera vez que aparece la ley del talión en la Escritura es en Éxodo 21, 23 ss. El contexto (v. 22) son las peleas entre hombres. Si uno de ellos golpea a una mujer embarazada, y produce el aborto, pero la mujer vive, recibirá la pena que pida el marido y que juzguen los testigos. Pero si la mujer también muere, "pagará alma por alma, ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie, quemadura por quemadura, herida por herida, cardenal por cardenal". Es decir, se cumplirá toda justicia, y el hombre que causó su muerte debe morir.

    Como bien dice Santo Tomás, y cita D. Mario, la desigualdad, que rompe el orden de la justicia, "se borra cuando el hombre es obligado a sufrir algo en contra de su voluntad según divina disposición" (Summa Contra Gentiles, III, c. 140, n. 5). Por eso Dios da el castigo justo que puede rectificar la mala inclinación de la voluntad que dio lugar a un pecado concreto. Lo que significa la ley del talión es que la justicia de Dios se cumple indefectiblemente, hasta el último detalle. Pero los detalles no son los que dice la ley del talión, sino los que Moisés especifica en cada una de las penas.

    Un saludo a D. Hug, con la alegría de verlo otra vez por aqui.

    Publicado por Rafael Quijano Álvarez el 25 de mayo de 2008
  • Estimados amigos En intercambio con el mensaje del Dr. Rafael Quijano Álvarez, del 25 de mayo, creo que ha de tenerse en cuenta en qué sentido pueda llamarse un progreso en la administración de la justicia la ley del talión, especialmente en su regulación bíblica mosaica. La venganza de sangre era considerada en las antiguas culturas del mundo bíblico y del antiguo Israel uno de los actos de piedad ineludibles que competía al pariente más cercano en el grado de parentesco, llamado Go’el, libertador, vengador, redentor, levir, (según que cumpliera el acto de vengar la sangre, liberar o redimir al esclavo, rescatar la tierra, o asegurar la descendencia del pariente fallecido sin ella).

    Pero la ira podía hacer perder el sentido de la justa medida en la venganza de sangre, como vemos que sucede aún hoy entre los pueblos donde la venganza es considerada una obligación de virtud.

    De ahí que la misma ley mosaica estableció las ciudades de asilo, donde el perseguido por el vengador de sangre se podía refugiar para ser sometido a un tribunal imparcial, y para que se le aplicara la ley del talión en forma limitada y equitativa.

    En ese sentido puede decirse que la ley del talión y la institución de los tribunales en las ciudades de asilo, fueron un progreso sobre la venganza de sangre no reglamentada y librada a los excesos de la ira que anulaba la relación de equidad entre la culpa y la pena. Y sobre todo, podía desencadenar una espiral creciente de violencia entre las familias, los clanes, etc., como aún hoy puede verse suceder entre familias de la maffia.

    P. Horacio Bojorge S.J.

    Publicado por Horacio Bojorge el 26 de mayo de 2008
  • Agradezco al Dr. Bojorge la amabilidad de haber prestado atención a mi anterior mensaje, en el segundo suyo del día 26. Aunque no puedo ocultar que me infravalora. Conozco perfectamente la fábula que me cuenta. Pero mi intención no suele ser propalar fantasías, sino hablar de la doctrina católica, en la medida de mis conocimientos.

    Hubiera preferido que comprobara usted la verdad de lo que digo. Sólo lleva unos minutos. Desde luego, no es de esperar que un teólogo pierda un solo minuto en ver qué pone la Sagrada Escritura. Pero así falta usted a un principio elemental de la lógica. Antes de estudiar un problema es necesario plantearse la cuestión 'an sit', si existe tal problema. Y debo decirle que el problema que usted resuelve no existe. Ni existe en la Biblia la ley del talión, ni mucho menos la regula.

    Lo que llamamos ley del talión es una expresión imaginativa (los hombres entendemos las cosas a través de las imágenes) de una verdad fundamental de la doctrina católica. A cualquiera que oiga esta "ley" le queda perfectamente claro que la justicia se cumple hasta el final. Esto no es ninguna docta fábula, sino la pura verdad revelada por Dios a Moisés. Que, aunque a usted le sorprenda, es muy superior a cualquier legislación humana. Con esta "ley" a todo el mundo le queda perfectamente clara esta idea.

    Ahora bien, la justicia no se realiza con la imaginación sino con la inteligencia. Por eso la ley de Moisés a cada delito le asigna una pena diferente, excepto aquellos que merecen la pena de muerte. Pues el delito consiste en que el hombre hace algo que le perjudica porque quiere hacerlo. Es decir, porque tiene la voluntad mal orientada. Por eso la pena consiste en obligarlo a hacer algo contrario a su voluntad, que la rectifique. Por eso las penas son diferentes para los distintos delitos. Es la inteligencia la que decide cuál es la pena en cada delito, en función de la desviación de la voluntad que debe corregir. Así es la ley de Dios. Para comprobarlo, insisto, sólo es necesario dedicar unos minutos a leer Éxodo 21, 23-27, y a los lugares paralelos, que son pocos. Le aseguro que no pasa nada por leer algunos párrafos de las Escrituras.

    Un cordial saludo.

    Publicado por Rafael Quijano Álvarez el 28 de mayo de 2008
  • Estimados amigos Gustoso acepto la invitación de acudir a la Escritura que me hace el Dr. Rafael Quijano Alvarez, a quien, a pesar de la impresión que expresa, no he infravalorado y a quien manifiesto mi respeto y el aprecio por el contenido de su eco a la intervención del Dr. Mario Caponnetto. Entré al foro sin ánimo de entrar en polémica sino para bosquejar algunas líneas de doctrina bíblica sobre el mal de culpa y pena, en la dirección que me sugirió la intervención del Dr. Quijano. Quizás mi aporte, por querer ser breve resultó escueto. Sobre todo, carente de referencias a textos bíblicos ilustrativos que no tuve tiempo de aducir. No lo pensé ni como respuesta ni como objeción, sino como un simple comentario paralelo.

    Vuelvo ahora a intervenir en el foro, para elencar textos que sirven, a mi juicio, para comprender mejor la revelación bíblica y su doctrina acerca de pecados, castigos y penas. Me parece que una lectura más global de textos bíblicos puede proporcionar un marco dentro del cual se sitúa el pasaje de Éxodo 21, 23-27 cuya importancia ha señalado el Dr. Quijano. Espero que resulte un aporte útil y acorde con el momento de la Lectio en que, según entiendo, aún está el foro. ALGUNOS TEXTOS SOBRE EL PROCEDER DE DIOS MISMO 1) Dejo de lado el pecado original y sus penas y comienzo por el asesinato de Abel. Leemos en la Sagrada Escritura que Dios amenaza con un séptuple castigo a quien mate a Caín, a quien marca con un signo protector (Gen 4, 15). Por otra parte, sorprendentemente, la sangre de Abel no es vengada en Caín, sino que es el asesino quien recibe la protección de Dios. ¿Cuál es la lógica de una justicia que no venga la sangre derramada y protege al que la derramó? Todo un misterio para meditar. Lo cierto es que contradice frontalmente la lógica de la justicia humana corriente en la Antigüedad del mundo bíblico. Y la amenaza de un séptuple castigo a quien mate a Caín contradice también los criterios de reciprocidad exacta. Llámesele talión o no. 2) En relación con esta amenaza divina de castigo séptuple a quien mate a Caín, el cántico de Lámek decuplica la proporción de la pena como medida de una venganza humana. Lamek amenaza con que por una herida matará a un hombre, por un machucón matará a un joven y que, si a Caín lo vengaría Dios siete veces, a él lo vengarán setenta veces (Gen 4, 23-24). La justicia del hombre va ahora diez veces más allá que la Dios. ¿Una injusticia por exasperación de la justicia? El comentario de la nota de la Biblia de Jerusalén a este pasaje observa que, con esto, el autor sagrado quiere atestiguar la ferocidad creciente de los descendientes de Caín. San Agustín considera a Caín como el fundador de la ciudad de este mundo, es decir del hombre natural, animal, no redimido por Cristo ( De Civ Dei Lib. 15, c. l5). Lámek representa modelos de venganza de sangre pre-hammurabíticos, que podríamos llamar desmesurados pero que quizás sea mejor calificar de “no equitativos” o “multiplicadores” de las penas. Estos modelos parecen obedecer más a la intención de intimidar o de desahogar la ira, que a la de hacer justicia Causan una “inflación” o espiral de las penas que se aplican los hombres entre sí. Pensemos en la venganza que Simeón y Leví se toman de los siquemitas por la violación de su hermana Dina (Génesis 34, 1-31) 3) Los primeros capítulos del Génesis muestran la maldad creciente de la descendencia de Caín. Esa maldad llega pronto a tal grado que motiva el diluvio. En Génesis 6, 5-8 Dios decreta: “Viendo Yahveh que la maldad del hombre cundía en la tierra, y que todos los pensamientos que ideaba su corazón eran puro mal de continuo, le pesó a Yahveh de haber hecho al hombre en la tierra, y se indignó en su corazón.Y dijo Yahveh: « Voy a exterminar de sobre la haz del suelo al hombre que he creado, - desde el hombre hasta los ganados, las sierpes, y hasta las aves del cielo - porque me pesa haberlos hecho”. 4) Tanto el justo Noé, como su descendencia volverán a precipitarse en una maldad postdiluviana. Pero es Dios mismo quien renuncia a repetir, en adelante, este género de castigo con la humanidad descendiente del justo Noé (Génesis 9,11). Dios proclama su propósito con la alianza noáquica y la signa con un arco iris. El arco iris es reconocible como un arquetipo y prefiguración del Mesías venidero. En él se conjugan el sol y la lluvia, símbolos de Cristo. 5) La vocación y elección de Abraham en Génesis 12, introduce una nueva pauta para el juicio de las naciones postdiluvianas, según que bendigan o maldigan a Abraham el elegido: “bendeciré a quienes te bendigan y maldeciré a quienes te maldigan” (Gn 12, 3). Esta misma pauta de reciprocidad exacta en premio y castigo se mantiene intacta hasta el juicio de las naciones de Mateo 25, 31-46. Donde los no creyentes serán juzgados por el trato dado a los creyentes: “estos hermanitos míos más pequeños” (Mateo 25, ,39.45). Bendición por bendición, maldición por maldición, misericordia por misericordia. Por lo cual no deja de ser asombroso que de pronto se aplique ¡pena de fuego eterno por falta de misericordia temporal! La aparente falta de exactitud en la reciprocidad, sugiere la magnitud de una culpa que no parecía tan grande a los ojos de los hombres (Mateo 25, 41.46; Cfr Juan 5, 28-29). ¿Tiene la laicidad laicista una dimensión de sacrilegio? 6) La obra liberadora de Israel de la opresión faraónica de Egipto presenta a Dios actuando como Goel, pariente redentor de los esclavos, que rescata de la esclavitud a los descendientes de los Patriarcas, sus parientes por alianza. El castigo que el Goel inflige a Egipto consiste, además de las nueve plagas previas, en la matanza de todos los primogénitos de hombres y animales en una sola noche (Exodo 12, 29-34) y en el aniquilamiento del ejército egipcio arrojado al fondo del mar (Exodo 14-15). Un castigo netamente paralelo al del diluvio, excepto por su universalidad. 7) La visión de la zarza ardiendo que no consume las espinas (Exodo 3, 1-6) constituye una revelación nueva, de un fuego de Dios que no consume las espinas. Es sabido que las espinas, en el lenguaje bíblico designan al malvado y al pecador (Cfr. Jueces 9, 15-20; 2 Sam 23, 6). Dios se revela así como un fuego que no destruye al pecador. Esta revelación parece referirse, por el momento, al pueblo de Israel y a sus pecados, y está en relación con la vocación de Moisés y con su envío como ministro de la obra divina del rescate. 8) Esto que parece ser una modificación en la conducta punitiva de Dios, que invita a la penitencia, aguarda y perdona a quien se arrepiente, aún cuando sean paganos asirios, acérrimos enemigos del pueblo elegido heredero de Abraham, es lo que provoca el escándalo y la rebelión del profeta Jonás, que no quiere la conversión de Nínive ni que sea perdonada. Jonás sabe que Dios es lento a la cólera y rico en piedad: “oró a Yahveh diciendo: « ¡Ah, Yahveh!, ¿no es esto lo que yo decía cuando estaba todavía en mi tierra? Fue por eso por lo que me apresuré a huir a Tarsis. Porque bien sabía yo que tú eres un Dios clemente y misericordioso, tardo a la cólera y rico en amor, que se arrepiente del mal. 3 Y ahora, Yahveh, te suplico que me quites la vida, porque mejor me es la muerte que la vida. 4 Mas Yahveh dijo: ¿Te parece bien irritarte?” (Jonás 4, 2-4). 9) El fuego de la zarza ardiente no es pues un fuego de ira justa, según la antigua justicia, sino de amor y de perdón, también para todas las naciones, acorde con una justicia divna que acabará de revelarse plenamente y con sentido absolutamente universal, en el corazón de Cristo y de la Virgen, cercados de espinas y cuyo fuego amoroso las sufre sin devorarlas. Por supuesto que esta nueva justicia, que no viene a abolir la antigua ley sino a llevarla a su cumplimiento (Mateo 5, 17), se revela también en la corona de espinas del Crucificado, trofeo y gloria de su victoria sobre el pecado, pero también signo de que llevó a la cruz los pecados del mundo. Este lenguaje bíblico nos introduce en las paradojas de la visión cristiana acerca de la relación entre pecado, culpa, castigo y pena, así como de la naturaleza de las mismas. Pero también al misterio del Juicio del crucificado y de la existencia de una pena eterna para hechos históricos temporales. 10) Jesús corregirá definitivamente esta relación de castigo y pena, entre cristianos, ordenando el perdón de las ofensas del hermano setenta veces siete (Mateo 18, 21-22); aunque manteniendo, para las ofensas de los hijos al Padre, en caso de contumacia, la pena de excomunión (Mateo 18, 15-17). Prescribirá además el perdón y el amor a los enemigos, ordenando y enseñando con su ejemplo en la Cruz, la oración a favor de ellos. Esta es la plena realidad que prefiguraba la zarza ardiente. 11) Con esto queda llevada a su cumplimiento la aspiración de justicia que quería realizarse en algunas codificaciones legales antiguas, y que no carece de valor como reguladora de la justicia humana, por medio de la reciprocidad exacta (o equivalente), que el derecho romano llamó talión. La legislación mosaica, que es una recopilación de leyes y conjuntos de leyes de diverso origen, edad y naturaleza, recogió también e hizo suyas, leyes que ordenan la reciprocidad exacta (Éxodo 21, 23-25, en Levítico 24,18-20 y en Deuteronomio 19, 21). Personalmente encuentro en estos textos una revelación de una conducta divina en el tema que nos ocupa que aparece como muy compleja y que puede resultar, en algunos aspectos, poco semejante a las pautas de la justicia retributiva “humana” usual, y en algunos aspectos irreductible a criterios puramente humanos. De todos modos opino que la justicia humana, en su búsqueda siempre deficiente, quiso remediar, regulando las conductas retributivas entre los hombres mediante lo que se ha llamado pena del talión y ley del talión, las arbitrariedades e injusticias retributivas.

    Cordialmente P. Horacio Bojorge S.J.

    Publicado por Horacio Bojorge el 29 de mayo de 2008

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