De la ortodoxia católica

Época II Año 7 Número 2 Marzo - Abril 2009

Quaestio

2 - ¿Ha de ser infalible la Iglesia en las verdades no reveladas conexas con la fe?

Responsiones

  • En la carta apostólica Ad tuendam fidem del Papa Juan Pablo II, publicada el 18 de mayo de 1998, “para defender la fe de la Iglesia Católica contra los errores que surgen entre algunos fieles”, se aporta una distinción importante entre las verdades que la Iglesia propone para ser creídas, como divinamente reveladas, y las verdades necesariamente conexas con la divina revelación. La consideración específica de estas últimas es calificada “de suma importancia”, y según el mismo texto estas verdades, que “expresan una particular inspiración del Espíritu divino en la más profunda comprensión por parte de la Iglesia de una verdad concerniente la fe o las costumbres, están conectadas con la revelación sea por razones históricas sea por lógica concatenación”. En consecuencia, promulga una modificación del canon 750 del Código de Derecho Canónico, añadiendo al párrafo que establece que “se ha de creer con fe divina y católica todo aquello que se contiene en la palabra de Dios escrita o transmitida por tradición (…)”, un segundo párrafo en el que se establece “se han de aceptar y retener firmemente todas y cada una de las cosas sobre la doctrina de la fe y las costumbres propuestas de modo definitivo por el magisterio de la Iglesia, a saber, aquellas que son necesarias para custodiar santamente y exponer fielmente el mismo depósito de la fe”. El vínculo necesario entre estas verdades y las divinamente reveladas, y la firmeza con que consecuentemente deben ser aceptadas y retenidas por los fieles, exige por tanto que el magisterio de la Iglesia, al proponerlas de modo definitivo, lo haga asistido de la infalibilidad prometida por Cristo.

    Publicado por Enrique Martínez el 26 de Abril de 2009

Nova responsio

La disputatio de este número está cerrada.